Este trámite comprende la inscripción en la Dirección Nacional de Registro Civil, de partidas o certificados de los siguientes hechos y actos civiles ocurridos en el extranjero:
- Partidas o certificados de nacimientos.
- Partidas o certificados de defunción.
- Partidas o certificados de matrimonio.
- Partidas de reconocimiento.
- Sentencias de adopción.
- Sentencias de divorcio.
Requisitos
Este trámite comienza reservando día y hora en la agenda electrónica, y continúa presencial concurriendo a la cita con la documentación que se detalla, el cual le solicitamos lea con atención.
Deberá presentarse a su cita, con la siguiente documentación:
- Documento original.
- Fotocopia del documento original.
- Formulario de Inscripción completo, el cual podrá descargar debajo, en Enlaces de descarga.
ATENCIÓN: Los números de agenda serán exclusivamente para ingresar un único trámite. En caso de que el interesado necesite ingresar más de una partida, deberá agendarse tantas veces como partidas deba inscribir.
- Todos los documentos a presentar deben ser originales y del país donde ocurrió el hecho o acto a inscribir. Presentar original y fotocopia.
- Pueden ingresar el documento original con un testimonio por exhibición realizado por escribano o notario público en Uruguay, el que una vez calificado por los profesionales del registro civil, permitirá devolver el original al usuario.
- Los documentos deben venir apostillados o legalizados en el país de origen.
- Cuando el documento sea redactado en otro idioma, deberá ser traducido por traductor público uruguayo o por el Consulado del Uruguay en el país de origen del documento.
- Cuando las partidas sean internacionales (vienen redactadas en varios idiomas), si contienen caracteres no latinos deberán ser traducidas por traductor público uruguayo.
- Si el documento viene traducido del país de origen, se deberá realizar un certificado de concordancia con un traductor público uruguayo.
- Cuando el documento resulte ilegible, el Departamento Notarial podrá exigir un certificado donde consten los datos de la partida, realizado por el consulado del país del documento en Uruguay.
- Cuando no es el titular quien realiza la gestión debe contar con la autorización del mismo. Para ello el titular deberá completar y firmar el campo 3 del formulario de solicitud del trámite, autorizando a quien haga la gestión, aclarando todos los datos y adjuntando fotocopia del documento de ambos. El titular podrá firmar el formulario y enviarlo digitalizado a la persona autorizada.
Sentencias Extranjeras:
- Sentencia apostillada o legalizada en caso de que el país no sea parte del Convenio de La Haya (apostilla).
- Cuando la sentencia sea en otro idioma, deberá ser traducida por traductor público uruguayo.
- Autorización para gestionar la solicitud si no es el titular (Campo 3 del formulario de inscripción) con fotocopia de Cédula de Identidad del titular y del autorizado.
Costos
- 1.288 $
Pesos uruguayos mil doscientos ochenta y ocho
Costos
Trámite en linea
https://sae.mec.gub.uy/sae/agendarReserva/Paso1.xhtml?e=9&a=7&r=13