La Residencia por Arraigo Laboral es un programa de otorgamiento de residencia permanente creado como vía de regularizar a todos los extranjeros que hayan entrado al país antes del 23 de mayo del 2024. Los requisitos para poder acceder al mismo son:

1- Tener mínimo 90 días de aportes al BPS, ya sea como empleado dependiente comprobable con los recibos de sueldos o como independiente con monotributos o unipersonales.
2- Contar con un salario mínimo de 23 000 pesos.
3- Tener pasaporte y cédula vigentes.
4- Tener certificado de vacunación actualizado.
5- Tener los antecedentes penales correctamente legalizados por el Minrex en Cuba, la embajada de Uruguay en Cuba y por el MRREX aquí en Uruguay. Señalar en este punto que debido a los atrasos de la embajada de Uruguay en Cuba se ha dado la posibilidad de que aquellas personas que cuenten con los documentos legalizados solamente por el Minrex y aún se encuentren en espera de pasarlos por la embajada puedan iniciar el trámite, una vez iniciado el tramite y acudido a la audiencia pueden devolver el documento a Cuba para pasarlo en la embajada.
6- Tener la certificación de nacimiento correctamente legalizada por las 3 entidades mencionadas anteriormente en formato uruguayo, en caso de no haberla pasado a formato uruguayo aún puede subirla de igual manera en su formato original y luego pasarla a formato uruguayo. Debe tener en cuenta que la certificación de un menor vence al año.

Todos los documentos deben encontrarse en formato PDF para poder ser subidos correctamente al sitio. Una vez subidos se debe esperar respuesta por correo electrónico donde le indicaran si su trámite ha sido correctamente validado y pasa a la segunda fase que sería el pago del mismo con un costo de 3377 pesos uruguayos y luego agendarse para la audiencia. En caso de que su trámite presente algún error en algún documento le llegará un correo electrónico con las observaciones encontradas para que sean rectificadas y pueda avanzar correctamente.

En caso de la Residencia por Arraigo Familiar es para familiares directos, dígase madre, padre, hijos o cónyugues, debe de presentar los mismos documentos mencionados anteriormente y en el caso de los hijos la inscripción de nacimiento del menor pasada en formato uruguayo o iniciado el trámite. En caso de que uno de los padres no viva en el país debe presentar el Permiso para residir del padre o madre ausente.

Arraigo por reunificación familiar

https://mi.iduruguay.gub.uy/login?process_state=D7rpUdF_WO8pkwgrF8L2Glg2hiuxdspSXlN4i3Q7Vww

Arraigo laboral

https://mi.iduruguay.gub.uy/login?process_state=i5XmMkP4koJHTy2igykM_n0V2H8972qCijgZls6Cg3M

Arraigo para la formación o estudio

https://mi.iduruguay.gub.uy/login?process_state=2mSqzKYPG-R4ZrGRvghB9P-60bvQtbxmIv54B-NDcbI

 

¿Entraste después del 23 de mayo?

El trámite «Residencia por arraigo» solo es vigente para las personas que entraron antes de la fecha mencionada.

Si entraste después de esta fecha, visita el siguiente link y dejános tus datos.